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¿Qué es la separación?
La separación es la ruptura de la vida matrimonial. La separación no disuelve el matrimonio, solo suspende el matrimonio. Quiere decir que siguen siendo marido y mujer y no pueden contraer matrimonio con otra persona.
Separación de hecho y separación de derecho en Barcelona
La separación de hecho es la que pone a la convivencia de la pareja sin pasar por ningún proceso judicial o notarial. La separación legal es aquella que el cese legal del matrimonio y que precisa de una demanda de separación y sentencia judicial. Las dos separaciones tienen efectos jurídicos y patrimoniales, pero ningún de los dos implica la disolución del matrimonio. La forma de la disolución del matrimonio es el Divorcio.
Hasta el 2005, la separación era un requisito obligatorio previa al divorcio, ya no lo es por tanto ahora puede iniciar el divorcio directamente.
Separación de mutuo acuerdo Barcelona.
La separación como el divorcio puede llevarse de mutuo acuerdo o por la via contenciosa.
Los cónyuges pueden escoger si se separan por la vía judicial o bien pueden instar a una separación notarial. En la vía no deberá haber hijos menores de edad o con la capacidad modificada. Los requisitos para la separación son los mismos que para el divorcio. Que no hayan transcurrido más de tres meses, desde la celebración del matrimonio, y que en la demanda o escritura pública se aporte Convenio Regulador en el que quede reflejado los efectos de la separación.
La separación notarial es la separación más rápida en la actualidad ya que en menos de 24 horas es posible disponer la separación. El notario competente deberá ser el del último domicilio familiar o bien el domicilio de uno de los cónyuges.
Separación contenciosa.
La separación contenciosa es aquella que los cónyuges no pueden alcanzar ningún acuerdo, en este caso la demanda de separación deberá tratarse aspectos de la separación como puedan ser guarda y custodia, régimen de visitas, pensiones de alimentos, uso de la vivienda, etc.… y será el Juez tras la valoración de las pruebas prácticas en el acto del juicio quien determine.
La separación contenciosa no podrá formularse en sede notarial, ya que solo se puede hacer la separación notarial que sean de mutuo acuerdo.
No será necesario desde la modificación del 2005 alegar ninguna causa justa que ha provocado la separación.
Separación notarial.
La separación notarial debe cumplir varios requisitos. El primer requisito debe ser una separación de mutuo acuerdo, otro requisito es que no existan hijos menores de edad. Como en el divorcio también debe haber superado 3 meses desde la celebración del matrimonio.
Diferencia entre divorcio o separación.
La diferencia principal es que en la separación es que no existe ruptura del vínculo matrimonial mientras en el divorcio sí que existe esa ruptura matrimonial. Por ello una persona que se encuentra en separación no podrá contraer matrimonio con una tercera persona mientras que una divorciada sí.
El divorcio y la separación se necesitan concretar las medidas respecto a los menores, guarda y custodia, régimen de visitas, comunicación y estancia, ejercicio de la patria potestad, gastos de mantenimiento de los menores, la disolución del régimen económico matrimonial, el uso de la vivienda etc…
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