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Divorcio sin hijos.
El divorcio sin hijos como norma general suelen llevarse por la vía del mutuo acuerdo. Debido a que es un divorcio con menos complejidad ya que no existe descendencia y existen menos factores para no llegar a un acuerdo con la parte contraria. Si es un divorcio de mutuo acuerdo al no existir hijos, podremos elegir el divorcio notarial o el divorcio judicial.
El divorcio sin hijos puede llevarse por la vía contenciosa, lo que quiere decir que no existe acuerdo entre ambas partes. La voluntad de las partes a la hora de acordar aspectos del divorcio, los motivos que han producido la ruptura, el grado de comunicación entre los cónyuges y en caso de que existan bienes o deudas puede hacer que se complique una ruptura matrimonial.
El divorcio sin hijo, en la Sentencia declarará roto el vínculo entre ambos cónyuges. En la Sentencia también debe regular aquellas cuestiones que puedan fijar derechos u obligaciones entre sí del matrimonio, entre estos derechos puede ser una pensión compensatoria, a quien se le atribuye y disfrute de la vivienda conyugal, ect.
Divorcio de mutuo acuerdo sin hijos y divorcio contencioso sin hijos.
La diferencia entre un divorcio de mutuo acuerdo o un divorcio contencioso, puede afectar en varios aspectos.
El más importe es el plazo, un divorcio de mutuo acuerdo tiene un plazo de sentencia de 2 meses aproximadamente, y un divorcio contencioso tiene un plazo para que el juzgado pueda resolver es de 6-9 meses aproximadamente.
El contenido de la demanda en el mutuo acuerdo ambos cónyuges acordaran de manera libre todo los aspectos relacionados con su matrimonio, en este caso al no haber menores no intervendrá el Ministerio Fiscal. El divorcio contencioso cada uno de los cónyuges redactará una demanda o contestación con sus peticiones y será el juez dictará sentencia.
En el procedimiento de mutuo acuerdo no existe ningún tipo de juicio mientras en el procedimiento de divorcio contencioso sí que habrá una vista en la cual estará representado cada parte con su abogado y procurador.
Es importante saber que en el de mutuo acuerdo puede ser representado por un mismo abogado y procurador, mientras en el divorcio contencioso se necesitará un abogado y procurador diferente para cada una de las partes, ello implica un coste económico mayor.
Divorcio judicial sin hijos o divorcio notarial.
Ambos divorcios tienen la misma validez y están reconocidos por nuestro ordenamiento jurídico. El divorcio notarial es mucho más ágil y rápido para obtener el divorcio o separación ya que puede otorgarse el mismo día, incluso en el mes de agosto que los divorcios judiciales se paralizan al ser inhábil judicialmente.
El divorcio notarial hay que abonar los aranceles notariales, pero es cierto que en el divorcio notarial no es necesario abonar los honorarios del procurador, que sí que se abonan en el procedimiento judicial, por ello no es un factor muy determinante ya que los honorarios del procurador y del notario es muy similar.
En el divorcio notarial también podrá el matrimonio ser representado por un único abogado, eso implica una reducción de coste ya que un mismo abogado representara los intereses de los dos cónyuges, agilizando las gestiones y reduciendo costes.
En virtud de la Ley de Jurisdicción Voluntaria indica que la separación o divorcio deben ser siempre las mismas, con independencia si se tramita ante un juez o ante el Notario. Por ello no tendrá ningún beneficio escoger una divorcio judicial o un divorcio notarial.
Juzgado o Notario competente.
Aunque el divorcio sea de mutuo acuerdo las partes no podrán instar el divorcio en el notario que ellos elijan o bien el tribunal de su elección.
En virtud del artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil será el Tribunal de Primera Instancia competente para conocer el divorcio del lugar del domicilio conyugal en caso de que no exista domicilio conyugal el Tribunal competente a elección del demandante entre el último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado.
Mientras en el divorcio notarial deberá ser ante un notario del último domicilio común o del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes, según el artículo 54 de la Ley del notariado.
Requisitos para un divorcio sin hijos.
Para un divorcio sin hijos se necesita una serie de requisitos muy sencillos que ahora detallaremos:
- Que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio. En este caso existe una excepción, por la cual no será preciso el transcurso de dicho plazo para la interposición de la demanda cuando se acredite la existencia de un riesgo “para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio”.
- Será obligatorio para formular el divorcio un Convenio Regulador, que acuerden los detalles del divorcio. El Convenio Regulador lo redacta el Abogado especialista en divorcios.
- Sera necesario estar asistido por un Abogado, y en caso de que sea judicial representados por un procurador.
Documentación necesaria para el divorcio sin hijos.
La documentación que será necesaria para iniciar el divorcio sin hijos la siguiente;
- DNI o NIE de los cónyuges.
- Certificado de empadronamiento, del ultimo domicilio familiar, se debe solicitar en el ayuntamiento.
- Certificado de matrimonio, debe solicitarse en el Registro Civil del lugar donde se celebró
EL CONVENIO REGULADOR EN UN DIVORCIO NOTARIAL
Aunque el divorcio no se encuentra con descendencia, deberá quedar acredita el divorcio con un Convenio Regulador. En el Convenio Regulador deben quedar acreditados diversos aspectos en virtud del artículo 90 del Código Civil:
- La atribución de uso de la vivienda y ajuar familiar.
- La contribución a las cargas de matrimonio.
- La liquidación del régimen matrimonial si lo deciden el matrimonio.
- El establecimiento de una pensión compensatoria.
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